La acometida del gas natural es la canalización necesaria para que un nuevo punto de suministro pueda tener conexión al gas. Este trámite es necesario hacerlo antes de que se dé de alta el gas por primera vez para permitir que llegue el suministro. Esta operación permite ampliar la red de gas hasta los puntos en los que es necesario.
Así, la acometida se realizará siempre que se dé de alta el gas por primera vez, independientemente del tipo de vivienda o local. Al haber ya una instalación para el suministro del gas, solo habrá que pagar los derechos correspondientes por la acometida del gas natural.
Para realizar la acometida del gas natural, el consumidor debe ponerse en contacto con la distribuidora de gas de su zona. Esta es la encargada de llevar la energía hasta el punto de suministro.
La empresa se encargará de notificar el plazo para la instalación de canalización así como el coste que debe abonar por dicha gestión. Para conectar la vivienda a la red de distribución de gas, hay que realizar una Instalación Receptora Común (IRC).